Políticas

Política de prevención de no consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas

Asesorías y gestiones Ambientales SAS, ayudará a promover el no consumo de alcohol, tabaco y
sustancias psicoactivas, como parte de su compromiso de cuidar y proteger la salud y la vida de sus colaboradores y contratistas (directos e indirectos), para mantener ambientes de trabajo seguros y alcanzar niveles óptimos de calidad y productividad.

De igual manera, se establece que el consumo, posesión, comercialización y/o distribución de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas no está permitido en ningún caso en las horas laborales, ya sea dentro o fuera de las instalaciones de la organización, incluyendo a aquellos colaboradores y contratistas que realizan actividades de conducción de vehículos automotores y no automotores.

La organización asume el compromiso de:

  1. Acatar y respetar la Legislación Colombiana en seguridad vial, respecto al no consumo de
    alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas, por parte de los conductores y ocupantes de los
    vehículos propios o terceros que estén prestando un servicio a la empresa.
  2. Está prohibido presentarse a laborar bajo los efectos de alcohol u otras sustancias psicoactivas y fumar dentro de las instalaciones de la organización.
  3. Se promoverá con los proveedores y contratistas de servicios de transporte del cultivo, la
    adopción de políticas frente al no consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas.
  4. El responsable del plan estratégico de seguridad vial y el Comité de Seguridad Vial revisará
    anualmente la política y la actualizará de ser necesario, especialmente para todas las personas
    que conducen vehículos, motos, bicicletas, motocarros, y maquinaria pesada.
  5. Formará a todos sus trabajadores en temas referentes al consumo de alcohol, tabaco y
    sustancias psicoactivas, a través de acciones específicas de capacitación.

 

La organización podrá realizar pruebas para determinar niveles de consumo de sustancias
alucinógenas, psicoactivas y de alcohol entre sus colaboradores y contratistas en caso de la ocurrencia de cualquier accidente.

El incumplimiento de esta política, así como el no permitir realizar las inspecciones o pruebas, se considera falta grave y en consecuencia se puede adoptar medidas disciplinarias, inclusive la terminación del contrato laboral por justa causa de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo y a lo establecido en la normatividad vigente.

Se firma a los cuatro días del mes de julio del 2019.

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JAIME ALEXANDER FRANCO PEDRAZA
GERENTE